Siempre tengo la buena costumbre de explicar a los clientes cómo funciona el cálculo del coste de su seguro de responsabilidad civil.
En un principio no tienen el menor interés en conocer el métido. Sólo les interesa escuchar que se trata de una prima económica y ya está. Pero este punto es tan importante que me obligo siempre a hacerlo para que, en el futuro no se lleven a engaño. Somos corredores de seguros, y ese es nuestro trabajo. Conocemos a “todas” las compañías de seguros y todas ellas, calculan la prima de la misma forma.
Un seguro de responsabilidad civil se calcula, fundamentalmente, en función de la facturación de la empresa. Si la empresa es de nueva constitución, no se puede aportar la facturación del año anterior como base para el cálculo, por lo que se pide una estimación de la facturación prevista para el primer año de funcionamiento.
La facturación que se aporta se multiplica por una tasa (%) que propone la compañía, y da como resultado la prima a pagar. Por ejemplo, si se aporta una facturación de 100.000 €, y la tasa que se aplica es el 1%, la prima neta (sin impuestos) a pagar es de:
100.000 € x 1% = 1.000 €.
Ahora bien, puede ocurrir que a la empresa en cuestión le van muy bien las cosas y en vez de facturar 100.000 €, como el año anterior, facturen 300.000 €. Aquí es donde entra en juego lo que en seguros se llama "regularización de la prima". Es decir, que la aseguradora está asumiendo más riesgo del previsto al principio del año (momento en el que se hizo el cálculo), al haber facturado más y se debe pagar una prima adicional, proporcional al exceso de facturación que se ha tenido.
Si al principio de la anualidad se hubiera sabido que la facturación iba a ser de 300.000 €, el cálculo de la prima sería:
300.000 € x 1 % = 3.000 €
Sin embargo, sólo se pagó 1.000 €, porque la facturación aportada entonces fue de 100.000 €.
Como nadie puede prever con exactitud lo que se va a facturar en el futuro, se toma como base la última facturación conocida, y al final de la anualidad del seguro se “regulariza” la prima con la facturación real que se ha tenido.
¿Y qué ocurre si se factura menos de lo previsto o que la anualidad anterior? ¿se devuelve prima?
Un factor a tener en cuenta, y del que debemos hablar, es lo que una aseguradora llama “prima mínima”. Es decir, la prima que, como mínimo, siempre te va a cobrar, factures lo que factures. Si, en nuestro ejemplo, la aseguradora ha estimado una prima mínima de 1.000 €, significa que si finalmente la empresa factura 50.000 €, al realizar los cálculos debería haber pagado:
50.000 € x 1% = 500 €
pero como la prima mínima es de 1.000 €, ésta última es la que deberá abonar siempre como mínimo.
¿Y si la empresa estimó 300.000 € de facturación y al final ha facturado 200.000 €?
Al principio del año habrá abonado:
300.000 € x 1% = 3.000 €
y, sin embargo, debería haber abonado solo
200.000 € x 1 % = 2.000 €
por lo que sería justo y lógico pensar que la compañía va a devolver los 1.000 euros de diferencia. Sin embargo, ésto, en muchas ocasiones, no ocurre así, y las compañías (debido a un vacío legal) no suelen devolver la prima.
Por ello, siempre es bueno pagar al principio del año la prima mínima y regularizar la situación al final de la anualidad. De esta manera no tendremos que reclamar a la compañía que nos devuelva prima en caso de facturar menos de lo previsto.
Si yo fuera un cliente, siempre que fuera a contratar un seguro de responsabilidad civil, preguntaría: ¿cuál es la tasa que me aplicáis y cuál es la prima mínima?