Cada vez son más los casos que nos llegan de autopromotores que en su día se construyeron una vivienda, normalmente una vivienda unifamiliar, para usarla como vivienda habitual y al cabo del tiempo, pero antes de que hayan transcurrido 10 años desde el certificado final de obra, se ven en la necesidad de vender la vivienda, por la razón que sea, y para la venta de la vivienda es obligatorio contratar un seguro decenal, requisito que se exige tanto en notaria como en el Registro de la Propiedad.
Al haber construido la vivienda como autopromoción, nos estamos encontrando con que el promotor en su día no hizo ni el estudio geotécnico, ni los ensayos de los materiales ni por supuesto, se produjo la intervención de un Organismo de Control Técnico (OCT), documentación imprescindible para la emisión de un seguro decenal.
En estos casos el seguro decenal se puede contratar pero el cliente tiene que:
- Realizar un Estudio Geotécnico, imprescindible para conocer las características del terreno sobre el que se ha edificado.
- Hacer los ensayos de los materiales, fundamentalmente del hormigón. Documentación imprescindible porque hay que conocer la rotura de probetas y resistencia del hormigón, ya que un Organismo de Control Técnico (OCT) tampoco controló la ejecución de la obra con los informes D51-D52 y D53.
- * Para estas dos actuaciones hay que contratar una empresa de geotecnia y/o laboratorio.
- Que intervenga a posteriori un Organismo de Control Técnico (OCT) para elaborar los informes pertinentes (D0-D01-D6 y D7). Estos son los informes que normalmente se tiene que hacer, a no ser que exista estructura de madera, algún material novedoso o alguna otra circunstancia agravante que exija realizar algún otro informe adicional.
Ahora mismo no existe ninguna aseguradora en el mercado que emita un seguro decenal sin esta documentación ni esta intervención, aunque sea a posteriori, de un Organismo de Control Técnico (OCT).
Una vez se tiene esta documentación junto con el proyecto y planos visados, el certificado final de obra y el acta de recepción de la obra se puede emitir el seguro decenal para la transmisión de la vivienda.
En Consulting Europeo de Riesgos nos hemos especializado en este tipo de seguro decenal sin intervención de un Organismo de Control Técnico (OCT) desde el inicio de la obra y con falta de documentación imprescindible, y conocemos y colaboramos con varios Laboratorios y Organismos de Control Técnico (OCT) para poder darle una solución óptima y completa a sus necesidades.