Una amenaza por parte de un tercero de:
si el asegurado no paga el rescate exigido.
Cualquier información personal de la cual la entidad sea responsable, independientemente del formato en que se encuentre, que permita identificar al afectado y que no sea del dominio público, según se defina en la normativa que resulte aplicable relativa al cuidado, la custodia, el control y el uso de información personal, incluyendo pero no limitándose a la información protegida por el Reglamento 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de Abril de 2016, o cualquier otra normativa que la sustituya.
Las cantidades expresamente pactadas en la Condiciones Particulares que se deducirán del importe a abonar por la aseguradora por cualquier concepto cubierto por la póliza.
Cualquier fallo, real o presunto del asegurado o de un proveedor externo en garantizar la seguridad del sistema informático de la entidad, y que resulte en
o sea consecuencia del robo o pérdida de un ordenador portátil o dispositivo móvil.
Una interrupción no intencionada y no programada, parcial o total, del sistema informático de la entidad, que no se derive de una vulneración de datos o fallo de seguridad, y que sea causada por:
Una vulneración de datos, fallo de seguridad, fallo del sistema o amenaza de extorsión.
Una secuencia de instrucciones escritas que interactúan con un equipo informático o de telecomunicaciones para la ejecución de una tarea de procesamiento de datos o de interacción con otros equipos.
Cualquier empresa a la que la entidad haya externalizado servicios, siempre y cuando se haya formalizado mediante un acuerdo de prestación de servicios por escrito. En caso de no existir un acuerdo por escrito, se deberá acreditar la existencia de una propuesta, oferta o cualquier otro tipo de proposición y en relación con la prestación de dichos servicios antes de la fecha del incidente que active la cobertura.
Cualquier requerimiento escrito, demanda escrita o procedimiento civil, penal, administrativo o arbitral presentada contra cualquier asegurado con el objetivo de obtener una indemnización económica u otra forma de resarcimiento, o medidas cautelares.
Cualquier tipo de red informática, hardware, software, así como cualquier sistema de comunicación informática, incluyendo correo electrónico, página web, intranet o extranet.
Programas maliciosos introducidos en el sistema informático de la entidad sin el permiso o conocimiento de ésta, incluyendo, a título enunciativo pero no limitativo, gusanos, troyanos, ‘malware’, o ‘spyware’.
La apropiación, acceso, uso o divulgación no autorizados, o la pérdida o robo, de datos personales o de información corporativa de los cuales la entidad es responsable; incluido así como el incumplimiento involuntario de la normativa de protección de datos personales por parte del asegurado o a quien éste haya confiado la custodia de la información de la cual es responsable; y la omisión por parte del asegurado al no notificar a la entidad reguladora y/o a los afectados, siempre y cuando esté obligado a ello de acuerdo con la normativa de protección de datos personales.
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