Si.
El seguro de Todo Riesgo Construcción lo ha de contratar la empresa / persona que tenga el interés en proteger la inversión que ha de realizarse para la ejecución de la obra.
Normalmente suele ser el contratista principal, pero lo puede contratar el promotor al no haber un contratista principal identificado como tal.
Si. Lo normal es que se contrate al inicio de la obra pero en estos casos se puede hacer; únicamente hay que asegurarse de incluir la garantía de daños a preexistentes para en caso de un posible siniestro como un incendio por ejemplo, se pueda cubrir los daños provocados a la zona ejecutada con anterioridad a la fecha de efecto.
Nada.
Nuestra Correduría se pondrá en contacto con usted un mes antes de que venza su seguro y le preguntará si la obra está o no finalizada. En el caso de que la obra no haya finalizado, nosotros nos encargaremos de prorrogar la póliza por las semanas o meses que sean necesarios para dar cobertura hasta la firma del Acta de Recepción.
Si, es muy normal que cuando un Banco concede una financiación para la ejecución de una obra exija que sea incluido como beneficiario para que en caso de siniestro pueda recuperar la inversión.
No hay que hacer nada, solo indicárnoslo y nosotros gestionaremos con la aseguradora un suplemento sin coste adicional donde quede reflejada esta circunstancia.
Consulting Europeo de Riesgos
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