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Diferencias entre el seguro decenal con o sin oct


Diferencias seguro decenal con o sin oct

Legalmente no existe ninguna diferencia. Es decir, para la concesión de un seguro decenal la LOE (Ley de Ordenación de la Edificación), pide una serie de requisitos entre los que NO señala la existencia obligatoria de un OCT. Es la aseguradora la que opta por elegir si necesita que la obra esté auditada por un OCT o no. Es decir, que dependiendo de la aseguradora nos pedirán o no que contratemos un oct. Obviamente, si no lo contratamos puede abaratar el coste total del seguro, amén de que a los arquitectos nos les gusta tener un oct que les persiga en la obra y les ponga problemas a lo que ellos han planteado.

Pero la aseguradora que no exige oct, no asegura sin mas una obra cualquiera. Solicitará a un gabinete de arquitectos que estudie la documentación proyectada de la obra y emita un informe de idoneidad, en base al cual asegurará o no. La diferencia es que este gabinete no visita la obra para revisar lo que se ha ejecutado, solo estudia lo que se proyecta: si está bien calculado, si cumple con la legalidad vigente.., porque siguen siendo el arquitecto y el constructor los responsables de que lo que se ejecute después, se haga correctamente (Art. 1.591 Código Civil - El contratista de un edificio que se arruinase por vicios de la construcción, responde de los daños y perjuicios si la ruina tuviere lugar dentro de diez años, contados desde que concluyó la construcción; igual responsabilidad, y por el mismo tiempo, tendrá el arquitecto que la dirigiere, si se debe la ruina a vicio del suelo o de la dirección….).

El OCT lo paga el asegurado, pero, si optamos por realizar la obra sin oct, ¿quién paga el coste del gabinete de arquitectos?: también el asegurado. Lo que ocurre es que este último nunca estará por encima de lo que sumaría el coste de un seguro mas la contratación de un oct. Es verdad que en obras grandes, el coste suele igualarse, por lo que, en ese caso, habrá que tomar la decisión en base a otras cuestiones prácticas o de seguridad. Hay que recordar que, en teoría, lo que hace un oct es supervisar el trabajo de la obra, lo que suma una mayor seguridad por la doble acción de control.

En definitiva, tanto si elegimos las aseguradoras que obligan a la contratación de un oct, como las que no obligan a ello, el seguro es el mismo. Debemos tomar la decisión en base a otras cuestiones, como el coste, la seguridad, la practicidad, la confianza y conocimientos de nuestro asesor…

Pongamos un ejemplo. ¿Cuánto cuesta un seguro decenal de una vivienda unifamiliar estándar en un caso y en otro?:

OPCIÓN. Contratando un OCT. Prima total del seguro: 2.123 € + Coste de OCT (mínimo): 1.210 €. TOTAL = 3.333 €

OPCIÓN. Sin contratar OCT. Prima total del seguro: 1.854,55 € + Coste gabinete arquitectos (mínimo): 600 €. TOTAL = 2.454,55 €

Más claro es imposible. Si evaluamos solamente la cuestión precio, la opción seguro decenal sin oct es la más económica con diferencia.

 

(Fotografía © Vivir al borde Bajo Licencia CreativeCommons SA (2014))

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